{"id":4020,"date":"2020-09-21T12:41:00","date_gmt":"2020-09-21T15:41:00","guid":{"rendered":"https:\/\/argentinatermal.com.ar\/?p=4020"},"modified":"2020-09-21T12:41:02","modified_gmt":"2020-09-21T15:41:02","slug":"se-promulgo-la-ley-de-sostenimiento-y-reactivacion-productiva-de-la-actividad-turistica-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/argentinatermal.com.ar\/?p=4020","title":{"rendered":"Se promulg\u00f3 la Ley de Sostenimiento y Reactivaci\u00f3n Productiva de la Actividad Tur\u00edstica Nacional"},"content":{"rendered":"\n<p><em>Abarca, entre otros puntos, fuertes incentivos para quienes compren anticipadamente servicios a ser brindados el a\u00f1o pr\u00f3ximo, moratoria impositiva, soluciones para las reprogramaciones y la extensi\u00f3n del Programa ATP hasta el 31 de diciembre.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-drop-cap\">La Ley de Sostenimiento y Reactivaci\u00f3n Productiva de la Actividad Tur\u00edstica Nacional fue promulgada en el d\u00eda de hoy, y tiene como objetivo atender la situaci\u00f3n de las empresas tur\u00edsticas, a seis meses de la imposibilidad de operar, e implementar medidas para fortalecer al sector y potenciarlo en la pospandemia. Sus principales puntos son:<\/p>\n\n\n\n<p>Plan de Preventa para reactivar el turismo interno<\/p>\n\n\n\n<p>Los \u201cIncentivos a la Preventa de Servicios Tur\u00edsticos Nacionales\u201d, un proyecto del Ministerio de Turismo y Deportes de la Naci\u00f3n que se incluy\u00f3 en la Ley, est\u00e1n orientados a fomentar y potenciar la demanda del turismo interno. Consistir\u00e1n en el reconocimiento de un cr\u00e9dito por parte del Estado Nacional en favor de las personas humanas equivalente al 50 por ciento del monto por cada operaci\u00f3n de compra de servicios tur\u00edsticos a ser brindados dentro del territorio nacional, debidamente facturada por parte de empresas en actividades y rubros vinculados al turismo.<\/p>\n\n\n\n<p>Las compras en concepto de preventa de servicios tur\u00edsticos se deber\u00e1n realizar hasta el 31\/12\/2020, los servicios adquiridos deber\u00e1n ser usufructuados durante el 2021, los cr\u00e9ditos podr\u00e1n ser utilizados a partir de 2021 \u00fanicamente para la adquisici\u00f3n de servicios tur\u00edsticos brindados dentro del territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Amplia moratoria impositiva y beneficios fiscales<\/p>\n\n\n\n<p>Ser\u00e1 prorrogado por 180 d\u00edas el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades vinculadas a la actividad tur\u00edstica cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre. Adem\u00e1s, ser\u00e1 suspendida por ese mismo plazo la traba de cualquier tipo de medida cautelar a requerimiento de la AFIP y la ANSES para las empresas del sector, en tanto que se implementar\u00e1 una reducci\u00f3n en las al\u00edcuotas del &nbsp;impuesto sobre los cr\u00e9ditos y d\u00e9bitos en cuentas bancarias y otras operatorias hasta el 31 de diciembre de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>Pr\u00f3rroga del programa ATP<\/p>\n\n\n\n<p>La vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producci\u00f3n fue prorrogada hasta el 31 de diciembre 2020 para las actividades y rubros del sector, cuando se encuentren paralizadas o tengan una facturaci\u00f3n inferior al 30 por ciento. Los beneficios incluyen una reducci\u00f3n del pago de las contribuciones patronales del 95 por ciento y un salario complementario abonado por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relaci\u00f3n de dependencia del sector privado del 50 por ciento del salario neto, no pudiendo ser inferior a un salario m\u00ednimo, vital y m\u00f3vil ni superar los dos salarios.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Soluci\u00f3n para las reprogramaciones<\/p>\n\n\n\n<p>Los establecimientos hoteleros de&nbsp;&nbsp;temporario y empresas de transporte -en cualquiera de sus modalidades- que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados con motivo de la pandemia y cuyos servicios fueron contratados de manera directa, podr\u00e1n ofrecer alternativamente a los usuarios las siguientes opciones:<\/p>\n\n\n\n<p>-La reprogramaci\u00f3n de los servicios contratados, respetando la estacionalidad, calidad y valores convenidos, dentro de un per\u00edodo de doce meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulaci\u00f3n adoptadas por el Poder Ejecutivo.<br>-La entrega de vouchers de servicios para ser utilizados hasta doce meses posteriores al cese de las medidas de restricci\u00f3n, los cuales deber\u00e1n brindar el acceso \u2013sin penalidades- a equivalentes servicios contratados u otros que pudiera aceptar el cliente.<br>-El reintegro del monto abonado por los servicios contratados mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento la primera de ellas dentro de los 60 d\u00edas de recibida la solicitud de reembolso.<\/p>\n\n\n\n<p>Si el consumidor hubiera contratado servicios a trav\u00e9s de intermediarios, podr\u00e1 reprogramar sus viajes o recibir un voucher para ser utilizado dentro de doce meses desde la finalizaci\u00f3n de la vigencia de las restricciones, por un monto igual al reembolso que hubiera correspondido. Transcurrido el periodo de validez del voucher sin haber sido utilizado, el consumidor podr\u00e1 solicitar el reembolso completo de cualquier pago realizado.<\/p>\n\n\n\n<p>L\u00ednea de cr\u00e9ditos a tasa subsidiada<\/p>\n\n\n\n<p>El Banco de la Naci\u00f3n Argentina se encuentra preparando una l\u00ednea espec\u00edfica, que contempla&nbsp;las observaciones t\u00e9cnicas realizadas a la Ley, para atender las demandas del sector tur\u00edstico. Alcanzar\u00e1 a todos los sujetos mencionados en la Ley y contar\u00e1 con beneficios tales como l\u00edneas de capital de trabajo, plazos m\u00e1ximos amplios, meses de gracia para el pago de capital e intereses, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/www.argentina.gob.ar\/noticias\/se-promulgo-la-ley-de-sostenimiento-y-reactivacion-productiva-de-la-actividad-turistica\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><img decoding=\"async\" width=\"852\" height=\"182\" src=\"https:\/\/argentinatermal.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/argentina_unida.jpeg\" alt=\"\" class=\"wp-image-4021\" srcset=\"https:\/\/argentinatermal.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/argentina_unida.jpeg 852w, https:\/\/argentinatermal.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/argentina_unida-300x64.jpeg 300w, https:\/\/argentinatermal.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/argentina_unida-768x164.jpeg 768w, https:\/\/argentinatermal.com.ar\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/argentina_unida-696x149.jpeg 696w\" sizes=\"(max-width: 852px) 100vw, 852px\" \/><\/a><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Abarca, entre otros puntos, fuertes incentivos para quienes compren anticipadamente servicios a ser brindados el a\u00f1o pr\u00f3ximo, moratoria impositiva, soluciones para las reprogramaciones y la extensi\u00f3n del Programa ATP hasta el 31 de diciembre. 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